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Delito de impago de pensiones: Consecuencias legales y cómo actuar

Antonio Rodas, abogado penalista
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El impago de pensiones es una situación que afecta a muchas familias en España. Cuando una persona incumple su obligación de pagar la pensión alimentaria o compensatoria, puede enfrentarse a consecuencias legales. Aquí te explicamos qué hacer si te enfrentas a esta situación.

¿Qué es el delito de impago de pensiones?

El delito de impago de pensiones ocurre cuando una persona, obligada por sentencia judicial a pagar una pensión (ya sea alimentaria para los hijos o compensatoria para el cónyuge), deja de cumplir con su obligación durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos.

Consecuencias legales del impago de pensiones

El incumplimiento del pago de la pensión puede llevar a consecuencias penales. Las penas por impago de pensiones pueden incluir:

¿Cómo actuar si no se recibe la pensión?

Si no recibes la pensión que te corresponde, puedes actuar de las siguientes formas:

  1. Reclamar judicialmente: Presenta una demanda en el juzgado de familia para que se ejecute la sentencia que obliga al pago de la pensión.
  2. Denunciar el impago: Si el incumplimiento es reiterado, puedes denunciar al deudor por delito de impago de pensiones.
  3. Embargo de nóminas o bienes: El juez puede ordenar el embargo de los ingresos del deudor.

Medidas para evitar el impago de pensiones

Para evitar que se acumule una deuda por impago de pensiones, los jueces pueden:

Consejos legales para el deudor

Si eres la persona que debe pagar la pensión y no puedes cumplir debido a problemas económicos, es recomendable que:

Conclusión

El delito de impago de pensiones es una infracción que no solo tiene consecuencias económicas, sino también penales. Es importante actuar rápidamente, ya sea para reclamar el pago o para defenderse ante una posible denuncia. Contar con un abogado especializado en derecho de familia puede facilitar mucho el proceso.

La información proporcionada en este artículo es solo para fines informativos y no debe considerarse asesoramiento legal. Si necesita asistencia legal, debe concertar una consulta.

Bibliografía

Cendán, S. B. B. (2002). EL DELITO DE IMPAGO DE PENSIONES (ART. 227 CP.). Revista xurídica galega, (36), 13-26.

Martínez Rodríguez, J. A., & Moreno Cabello, M. (2016). La doctrina ante el delito de impago de pensión de alimentos. JM Bosch.

Rodríguez, M. L. S. (2012). El impago de pensiones como delito. Diario La Ley, (7874), 1.

Rodríguez, M. L. S. (2012). El impago de pensiones como delito. Diario La Ley, (7874), 1.

Antonio Rodas Pinilla

Abogado penalista, colegiado 4237 del Ilustre Colegio de Abogados de Badajoz. Doctorando en Derecho en la Universidad de Extremadura.

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