Al hacer clic en "Aceptar", acepta el establecimieto de cookies para mejorar la navegación del sitio. Vea nuestra Política de Privacidad para más información.

Entender los Delitos de Daños y el Código Penal Español

Antonio Rodas, abogado penalista
CONTÁCTAMEabogado_penalista_badajoz

El Código Penal de España establece numerosos delitos, y entre ellos se encuentran los delitos de daños. El delito de daños es un delito complejo y poderoso que no sólo implica la destrucción de bienes. 

Este delito supone una injerencia importante en los derechos de otra persona y es importante saber en qué consiste y cuáles son las penas, para lo cual resulta imprescindible contar con un abogado penalista.

¿Qué son los Delitos de daños?

Delitos de daños en español significa delitos de daño, que incluyen daños a la propiedad, lesiones e incumplimiento de derechos morales. 

Puede cometerse con intención o con un nivel de culpabilidad "imprudente" menos grave. Los delitos de daños suelen considerarse mucho más graves que las demandas civiles de daños y perjuicios típicas: son delitos penales y sus penas pueden ser bastante graves.

Comprensión del Código Penal Español y los Delitos de Daños

La mayoría de los delitos de daños están tipificados en el Código Penal español, más concretamente en los artículos 263 a 271. El artículo 263 se refiere a la causación de un peligro grave, mientras que el 264 trata de los daños a un vehículo. 

El artículo 276 lleva por título "Lesiones" -que incluye tanto los daños corporales como los materiales-, mientras que los artículos 271.2, 271.3, 271.4 y 271.5 suelen abarcar diversas situaciones de lesiones y daños.

Penalidades por Delitos de Daños en España

Las penalidades por delitos de daños en España pueden ser bastante graves. Por ejemplo, el artículo 263 dicta que quienes causen un peligro grave serán sancionados con seis meses a dos años de prisión. 

El artículo 264, sobre daños a vehículos, prevé una pena mucho más leve, de sólo dos a seis meses de prisión. Las penas de los artículos 271.2, 271.3, 271.4 y 271.5 son mucho más variables, y los delincuentes pueden enfrentarse a penas de varios meses a una década de prisión.

Además de las penas de prisión, los culpables de delitos de daños tendrán que soportar otras consecuencias: también pueden tener que pagar sanciones económicas sustanciales y pueden tener que indemnizar a las víctimas de sus delitos.

Cómo afrontar los delitos de daños

Si te enfrentas a cargos por delitos de daños, debes estar seguro de conocer tus derechos y cómo debes comportarte. 

Lo primero que debes hacer es consultar con un abogado especializado en el Código Penal español. 

También se aconseja contratar a un investigador privado para investigar cualquier prueba en tu contra. La mejor manera de hacer frente a estos cargos es tener a alguien a tu lado que pueda defender tus derechos y que pueda ayudar a recopilar pruebas a tu favor.

Conclusión

Los delitos de daños son graves y pueden acarrear graves penas si se es condenado. Quienes se enfrenten a cargos por delitos de daños en España deben ser conscientes de sus derechos y deben asegurarse de contar con un abogado a su lado. 

También es beneficioso contratar a un investigador privado para recopilar pruebas que permitan defenderse ante el tribunal.

Bibliografía

Jorge Barreiro, A. (1983). El delito de daños en el Código penal español. Anuario de derecho penal y ciencias penales, 505-532.

Martínez Rodríguez, E. (2016). El delito de daños al patrimonio histórico.

Cerezo Mir, J. (2002). Los delitos de peligro abstracto en el ámbito del derecho penal del riesgo.

Antonio Rodas Abogado

Antonio Rodas Pinilla

Abogado penalista, colegiado 4237 del Ilustre Colegio de Abogados de Badajoz. Doctorando en Derecho en la Universidad de Extremadura.

Represento a mis clientes y resuelvo sus problemas a través de un profundo y consciente estudio jurídico del caso.
Concierta tu cita y estudiaré tu caso
Puedes ponerte en contacto conmigo a través del correo, teléfono o rellenando el cuestionario y exponiéndome tu caso. Trabajo en todo el territorio nacional.
HORARIO
Abierto 24 horas
*Solo se atienden consultas presenciales con cita previa
CONTACTO
¡Gracias! ¡Su propuesta ha sido recibida!
¡Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.